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Jurisprudencia · SPIJ

Fundado: Se aprecia que, en el presente caso, se debe otorgar la pensión de invalidez conforme a la ley n° 26790 y su reglamento…

Expediente 03727-2022-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-02-27

Sumilla

FUNDADO. SE APRECIA QUE, EN EL PRESENTE CASO, SE DEBE OTORGAR LA PENSIÓN DE INVALIDEZ CONFORME A LA LEY N° 26790 Y SU REGLAMENTO, TENIENDO EN CUENTA QUE ES POSIBLE ACREDITAR EL NEXO DE CAUSALIDAD ENTRE LAS ENFERMEDAD PROFESIONAL DE NEUMOCONIOSIS E HIPOACUSIA, Y LAS LABORES DE RIESGO EFECTUADAS POR EL RECURRENTE, POR LO QUE ES APLICABLE LA PRESUNCIÓN PREVISTA EN EL PRECEDENTE VINCULANTE CONTENIDO EN EL FUNDAMENTO 26 DEL EXPEDIENTE N° 02513-2007-PA/TC.

Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 03727-2022-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-02-27

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 03727-2022-PA/TC. , 2025-02-27. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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