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Jurisprudencia · SPIJ

Infundado: De autos, se vislumbra que la oficina de normalización previsional no debe otorgar las pensiones de sobrevivencia solicitadas…

Expediente 02855-2023-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-03-22

Sumilla

INFUNDADO. DE AUTOS, SE VISLUMBRA QUE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL NO DEBE OTORGAR LAS PENSIONES DE SOBREVIVENCIA SOLICITADAS POR LA PARTE RECURRENTE, DEBIDO A QUE, AL MOMENTO DEL FALLECIMIENTO DEL TRABAJADOR PESQUERO, ESTE NO ERA PENSIONISTA DEL RÉGIMEN ESPECIAL PESQUERO, POR LO TANTO, NO SE CUMPLÍAN LOS REQUISITOS PARA ACCEDER A UNA PENSIÓN DE JUBILACIÓN, EN VIRTUD DE LOS ARTÍCULOS 10 Y 12 DE LA LEY N° 30003.

Artículos citados 2

Ley N.° 30003, art. 10Cita
Ley N.° 30003, art. 12Cita
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Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

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Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02855-2023-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-03-22

Fuente oficial

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Citar como

Expediente 02855-2023-PA/TC. , 2025-03-22. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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