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Jurisprudencia · SPIJ

Improcedente: En el caso de autos, se verifica que debe declararse la improcedencia de la demanda de amparo, en aplicación del artículo 7…

Expediente 4231-2023 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-04-03

Sumilla

IMPROCEDENTE. EN EL CASO DE AUTOS, SE VERIFICA QUE DEBE DECLARARSE LA IMPROCEDENCIA DE LA DEMANDA DE AMPARO, EN APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 7, INCISO 1 DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL, DEBIDO A QUE LA FUNDAMENTACIÓN FÁCTICA DE LA DEMANDA Y DEL RECURSO DE APELACIÓN, NO CONFRONTAN LOS EXTREMOS DE LAS RESOLUCIONES IMPUGNADAS. DEL MISMO MODO, NO CONTIENE UN PETITORIO REFERIDO, DE FORMA DIRECTA, AL CONTENIDO CONSTITUCIONAL PROTEGIDO DE LOS DERECHOS INVOCADOS.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 4231-2023
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-04-03

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 4231-2023. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2025-04-03. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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