Inicio › Jurisprudencia › Improcedente: En autos, se vislumbra que la resolución impugnada no ha vulnerado el derecho a la debida motivación de las resoluciones…
Jurisprudencia · SPIJImprocedente: En autos, se vislumbra que la resolución impugnada no ha vulnerado el derecho a la debida motivación de las resoluciones…
Expediente 00187-2023-0-1706-JR-DC-01 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-05-03
Sumilla
IMPROCEDENTE. EN AUTOS, SE VISLUMBRA QUE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA NO HA VULNERADO EL DERECHO A LA DEBIDA MOTIVACIÓN DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES, POR CUANTO, EL JUEZ HA EXPUESTO LOS FUNDAMENTOS FÁCTICOS Y JURÍDICOS PARA SUSTENTAR SU DECISIÓN. EN TAL SENTIDO, SE DEBE DECLARAR LA IMPROCEDENCIA DE LA DEMANDA POR LAS CAUSALES REGULADAS EN LOS INCISOS 2 Y 4 DEL ARTÍCULO 7 DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00187-2023-0-1706-JR-DC-01
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-05-03
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 00187-2023-0-1706-JR-DC-01. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2025-05-03. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
Huella SHA-256 del contenido guardado:
b5de99fd5c53f6f7798ddec72246d01f3a3c8e12dfa40ce863ce6ae964799aaa
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:50 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.
