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Jurisprudencia · SPIJFundado: Se advierte que el demandante ha superado en demasía el plazo establecido para ejercer la acción de cobro respecto de la…
Casacion 39782-2022-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-05-16
Sumilla
FUNDADO. SE ADVIERTE QUE EL DEMANDANTE HA SUPERADO EN DEMASÍA EL PLAZO ESTABLECIDO PARA EJERCER LA ACCIÓN DE COBRO RESPECTO DE LA PENSIÓN QUE SOLICITA, PUES SE APRECIA QUE CON FECHA 19 DE FEBRERO DE 2001, FUE PASADO A LA SITUACIÓN DE RETIRO POR MEDIDA DISCIPLINARIA Y RECIÉN EL 03 DE MARZO DE 2005, PETICIONÓ EL RECONOCIMIENTO DEL TIEMPO DE SERVICIO Y PENSIÓN DEFINITIVA DE CESANTÍA. POR LO TANTO, ES DE APLICACIÓN LO ESTIPULADO EN LOS ARTÍCULOS 45 Y 46 DEL DECRETO LEY N° 19846, EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 82 DE SU REGLAMENTO.
Artículos citados 2
D. Ley 19846, art. 45Aplica
D. Ley 19846, art. 46Aplica
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Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 39782-2022-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2025-05-16
Fuente oficial
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Citar como
Casacion 39782-2022-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2025-05-16. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
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