Inicio › Jurisprudencia › Infundado: Se aprecia de lo obrante en autos que el demandante cesó en sus labores el año 1988 y se le diagnosticó hipoacusia el año…
Jurisprudencia · SPIJInfundado: Se aprecia de lo obrante en autos que el demandante cesó en sus labores el año 1988 y se le diagnosticó hipoacusia el año…
Casacion 38433-2022-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-05-16
Sumilla
INFUNDADO. SE APRECIA DE LO OBRANTE EN AUTOS QUE EL DEMANDANTE CESÓ EN SUS LABORES EL AÑO 1988 Y SE LE DIAGNOSTICÓ HIPOACUSIA EL AÑO 2019, DESPUÉS DE CASI 29 AÑOS, NO SIENDO FACTIBLE ACREDITAR EL NEXO CAUSAL ENTRE LA ENFERMEDAD QUE PADECE Y LAS LABORES DESEMPEÑADAS. POR TANTO, LA ENFERMEDAD NO CONSTITUYE PROFESIONAL Y NO DA DERECHO AL OTORGAMIENTO DE RENTA VITALICIA QUE SOLICITA.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 38433-2022-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2025-05-16
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 38433-2022-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2025-05-16. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
Huella SHA-256 del contenido guardado:
df4cf5b5c27b14b4688dd535756f3c67824586ca65c9b486cf632856d19daf6d
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:51 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.
