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Jurisprudencia · SPIJInfundada: Se concluye que no se acredita la existencia de una servidumbre de paso. Teniendo en cuenta que, el demandante denuncia la…
Expediente 02629-2023-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-06-06
Sumilla
INFUNDADA. SE CONCLUYE QUE NO SE ACREDITA LA EXISTENCIA DE UNA SERVIDUMBRE DE PASO. TENIENDO EN CUENTA QUE, EL DEMANDANTE DENUNCIA LA VULNERACIÓN DE SU DERECHO AL LIBRE TRÁNSITO Y QUE DE AUTOS SE OBSERVA QUE LA VÍA CUYO ACCESO ESTARÍA SIENDO OBSTRUIDO SE ENCUENTRA EN UNA CONCESIÓN MINERA DE LA EMPRESA DEMANDADA.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02629-2023-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-06-06
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 02629-2023-PHC/TC. , 2025-06-06. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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