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Jurisprudencia · SPIJFundada: Se concluye que no se admite el argumento de que no se puede entregar la información, porque no se ha cumplido el…
Expediente 01826-2022-0-1706-JR-CI-02 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-06-07
Sumilla
FUNDADA. SE CONCLUYE QUE NO SE ADMITE EL ARGUMENTO DE QUE NO SE PUEDE ENTREGAR LA INFORMACIÓN, PORQUE NO SE HA CUMPLIDO EL PROCEDIMIENTO. TENIENDO EN CUENTA QUE, EL PEDIDO DE INFORMACIÓN SE HA DIRIGIDO AL ALCALDE, ESTO ES, LA MÁXIMA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DE LA DEMANDADA, POR LO QUE, EN ESA CONDICIÓN, PUDO TOMAR LAS ACCIONES ADMINISTRATIVAS NECESARIAS PARA REMITIR EL PEDIDO AL FUNCIONARIO QUE BRINDA LA INFORMACIÓN, INCLUSO, PUDIÉNDOLE ORDENAR QUE LO HAGA.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 01826-2022-0-1706-JR-CI-02
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-06-07
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 01826-2022-0-1706-JR-CI-02. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2025-06-07. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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