Inicio › Jurisprudencia › Dado que el actor estuvo impedido de sindicalizarse por una contratación fraudulenta, corresponde reconocerle únicamente los…
Jurisprudencia · SPIJDado que el actor estuvo impedido de sindicalizarse por una contratación fraudulenta, corresponde reconocerle únicamente los…
Casacion 35904-2022-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-06-30
Sumilla
DADO QUE EL ACTOR ESTUVO IMPEDIDO DE SINDICALIZARSE POR UNA CONTRATACIÓN FRAUDULENTA, CORRESPONDE RECONOCERLE ÚNICAMENTE LOS BENEFICIOS PACTADOS EN LOS CONVENIOS COLECTIVOS DEL SINDICATO APLICABLE DURANTE LOS AÑOS 2008 A 2011, RESULTANDO FUNDADA LA CAUSAL RELATIVA AL ARTÍCULO 9 DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY DE RELACIONES COLECTIVAS.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 35904-2022-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2025-06-30
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 35904-2022-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2025-06-30. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
Huella SHA-256 del contenido guardado:
f4c39984a79a0d2c82010429acee5ce95ce9f152a0c9595da27d5c3172d147ed
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:55 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.
