Inicio › Jurisprudencia › En el presente caso, no se advierte vulneración a los derechos a la debida motivación de resoluciones judiciales ni al…
Jurisprudencia · SPIJ

En el presente caso, no se advierte vulneración a los derechos a la debida motivación de resoluciones judiciales ni al…

Expediente 03959-2023-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-08-14

Sumilla

EN EL PRESENTE CASO, NO SE ADVIERTE VULNERACIÓN A LOS DERECHOS A LA DEBIDA MOTIVACIÓN DE RESOLUCIONES JUDICIALES NI AL DERECHO A PROBAR, TODA VEZ QUE LA JUDICATURA PENAL SUSTENTÓ SU DECISIÓN EN BASE A LOS MEDIOS PROBATORIOS DETALLADOS EN AUTOS, CON LO CUAL SE JUSTIFICA LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA DECISIÓN CONDENATORIA.

Ficha jurídica

no disponible
La ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.

Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 03959-2023-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-08-14

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 03959-2023-PHC/TC. , 2025-08-14. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

Huella SHA-256 del contenido guardado:
d5e116c86527e97462e74528b7f9a6caa499ad26a41485c2006bab2b46eab388
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:57 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.