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Jurisprudencia · SPIJ

Infundado: En este caso, se acreditó que el procedimiento de prescripción adquisitiva se realizó conforme a lo establecido en el decreto…

Casacion 585-2023-CAJAMARCA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-09-04

Sumilla

INFUNDADO. EN ESTE CASO, SE ACREDITÓ QUE EL PROCEDIMIENTO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA SE REALIZÓ CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO LEGISLATIVO Nº 667, CUMPLIENDO CON LOS REQUISITOS LEGALES CORRESPONDIENTES. EL PROCEDIMIENTO FUE TRAMITADO VÁLIDAMENTE, SIN QUE SE HAYA ACREDITADO VICIO ALGUNO NI OPOSICIÓN FORMAL DURANTE SU DESARROLLO. POR TANTO, AL NO HABERSE IMPUGNADO OPORTUNAMENTE EL ACTO ADMINISTRATIVO NI EVIDENCIARSE IRREGULARIDADES SUSTANTIVAS, CORRESPONDE RECONOCER LA VALIDEZ Y EFICACIA JURÍDICA DE LA ADQUISICIÓN DEL DOMINIO.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 585-2023-CAJAMARCA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2025-09-04

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Casacion 585-2023-CAJAMARCA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2025-09-04. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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