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Jurisprudencia · SPIJ

Se establece que en el caso de autos no se ha acreditado vulneración del derecho a la debida motivación. Teniendo en cuenta…

Expediente 02431-2023-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-09-09

Sumilla

SE ESTABLECE QUE EN EL CASO DE AUTOS NO SE HA ACREDITADO VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA DEBIDA MOTIVACIÓN. TENIENDO EN CUENTA QUE, LA SENTENCIA DE VISTA SE HA PRECISADO QUE LOS DEMANDANTES CON FECHA ANTERIOR HAN INTERPUESTO DEMANDA DE HABEAS CORPUS, BÁSICAMENTE CON LOS MISMOS ARGUMENTOS QUE EXPONEN EN EL CASO DE AUTOS Y QUE FUERON OBJETO DE PRONUNCIAMIENTO MEDIANTE SENTENCIA DE VISTA, RESOLUCIÓN 9, DE FECHA 10 DE DICIEMBRE DE 2021, SIN INDICAR EL SENTIDO DE ESTA SENTENCIA.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02431-2023-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-09-09

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 02431-2023-PHC/TC. , 2025-09-09. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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