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Jurisprudencia · SPIJInfundada: Se observa que los aspectos planteados en la demanda de amparo han sido exhaustivamente abordados y analizados en la…
Expediente 23114-2023 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-09-27
Sumilla
INFUNDADA. SE OBSERVA QUE LOS ASPECTOS PLANTEADOS EN LA DEMANDA DE AMPARO HAN SIDO EXHAUSTIVAMENTE ABORDADOS Y ANALIZADOS EN LA JUDICATURA ORDINARIA, POR LO QUE NO ES PROCEDENTE QUE SE EXAMINE, A TRAVÉS DEL AMPARO, SI DICHO ÓRGANO JURISDICCIONAL APLICÓ CORRECTAMENTE EL ARTÍCULO 22 DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 802, NI LOS ASPECTOS PROBATORIOS SURGIDOS EN EL PROCESO ORDINARIO LABORAL, PUESTO QUE, TAL EXÁMEN IMPLICARÍA SUSTITUIR LA COMPETENCIA DE LA JUDICATURA ORDINARIA, DESNATURALIZANDO EL PROCESO DE AMPARO.
Artículos citados 1
D. Leg. 802, art. 22Aplica
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Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 23114-2023
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-09-27
Fuente oficial
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Citar como
Expediente 23114-2023. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2025-09-27. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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