Inicio › Jurisprudencia › Infundada: En el presente caso no se acredita vulneración del derecho de acceso a la información pública, pues la entidad emplazada…
Jurisprudencia · SPIJInfundada: En el presente caso no se acredita vulneración del derecho de acceso a la información pública, pues la entidad emplazada…
Expediente 04395-2024-PHD/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-10-31
Sumilla
INFUNDADA. EN EL PRESENTE CASO NO SE ACREDITA VULNERACIÓN DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, PUES LA ENTIDAD EMPLAZADA ENTREGÓ LOS CONTRATOS SOLICITADOS APLICANDO MECANISMOS DE DISOCIACIÓN DE DATOS PERSONALES CONFORME A LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. EL DEMANDANTE NO PRECISÓ QUÉ INFORMACIÓN FUE TACHADA NI PRESENTÓ ELEMENTOS SUFICIENTES QUE PERMITAN ACREDITAR QUE SU DERECHO HA SIDO LESIONADO.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 04395-2024-PHD/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-10-31
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 04395-2024-PHD/TC. , 2025-10-31. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
Huella SHA-256 del contenido guardado:
c7b776ac43d5e380353be1bf68f4dc76512c77a03abc11189a73f830eab06579
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:58 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.
