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Jurisprudencia · SPIJ

Se precisa que los cuestionamientos del recurrente se refieren a la valoración de pruebas, la apreciación de la declaración…

Expediente 02910-2023-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-11-05

Sumilla

SE PRECISA QUE LOS CUESTIONAMIENTOS DEL RECURRENTE SE REFIEREN A LA VALORACIÓN DE PRUEBAS, LA APRECIACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE LA AGRAVIADA Y LA DETERMINACIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL, ASPECTOS QUE COMPETEN EXCLUSIVAMENTE A LA JURISDICCIÓN ORDINARIA Y NO PUEDEN SER REVISADOS EN SEDE CONSTITUCIONAL. ASIMISMO, NO SE ACREDITÓ QUE LA DECLARACIÓN POLICIAL DEL FAVORECIDO HAYA SIDO OBTENIDA MEDIANTE COACCIÓN O SIN ASISTENCIA LETRADA, PUES CONSTA SU CONSENTIMIENTO EXPRESO Y LA PRESENCIA DE SU ABOGADO EN LAS DILIGENCIAS. EN CONSECUENCIA, NO SE ADVIERTE VULNERACIÓN DEL DERECHO AL DEBIDO PROCESO NI A LA DEFENSA.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02910-2023-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-11-05

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 02910-2023-PHC/TC. , 2025-11-05. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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