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Jurisprudencia · SPIJ

De la evaluación de autos se observa que no se trata de una inexistencia de información, por lo que, teniendo la demandada la…

Expediente 00133-2021-0-2801-JR-CI-01 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-11-10

Sumilla

DE LA EVALUACIÓN DE AUTOS SE OBSERVA QUE NO SE TRATA DE UNA INEXISTENCIA DE INFORMACIÓN, POR LO QUE, TENIENDO LA DEMANDADA LA POSIBILIDAD DE COORDINAR CON EL ÁREA RESPECTIVA DE SU ENTIDAD Y NO ENCONTRÁNDOSE LA INFORMACIÓN DENTRO DE LAS EXCEPCIONES REFERIDAS EN LOS ARTÍCULOS 15, 15-A Y 15-B DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, CORRESPONDE QUE LA DEMANDADA CUMPLA CON OTORGAR DICHA INFORMACIÓN.

Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00133-2021-0-2801-JR-CI-01
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-11-10

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 00133-2021-0-2801-JR-CI-01. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2025-11-10. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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