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Jurisprudencia · SPIJInfundada: De autos se desprende que los cargos de oficial albañil, maestro albañil, operario de forestación y peón de superficie en…
Expediente 00152-2025-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-12-06
Sumilla
INFUNDADA. DE AUTOS SE DESPRENDE QUE LOS CARGOS DE OFICIAL ALBAÑIL, MAESTRO ALBAÑIL, OPERARIO DE FORESTACIÓN Y PEÓN DE SUPERFICIE EN ÁREA DE ASUNTOS SOCIALES NO SE ENCUENTRAN COMPRENDIDOS EN LAS LABORES MINERAS SEÑALADAS EN LOS ARTÍCULOS 1 DE LA LEY N° 25009 Y LOS ARTÍCULOS 3, 16, 17 Y 18 DEL DECRETO SUPREMO N° 029-89-TR, POR TANTO, NO CUMPLE CON EL REQUISITO DE AÑOS DE LABORES EFECTUADAS CON EXPOSICIÓN A RIESGOS DE TOXICIDAD, PELIGROSIDAD E INSALUBRIDAD PARA GOZAR DE LA PENSIÓN COMPLETA DE JUBILACIÓN MINERA.
Artículos citados 1
Ley N.° 25009, art. 1Cita
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Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00152-2025-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-12-06
Fuente oficial
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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 00152-2025-PA/TC. , 2025-12-06. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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