Sentencia 716/2023 · Exp. 00011-2023-HC
Sala 2 · Improcedente · 2023-07-07
Fundamentos jurídicos relevantes
5. En el presente caso, este Tribunal Constitucional aprecia de autos que la cuestionada disposición que dictó la formalización y continuación de la investigación preparatoria, la tramitación de la investigación fiscal seguida contra los demandantes en la citada carpeta fiscal, así como los hechos expuestos en la demanda en cuanto a la actuación fiscal se refiere no manifiestan agravio concreto alguno a la libertad personal, derecho que es materia de tutela del proceso de habeas corpus.
6. En efecto, de autos no se advierte que la actuación fiscal cuestionada incida en una afectación negativa, directa y concreta en el derecho a la libertad personal de los demandantes. Asimismo, en cuanto al alegado trato intimidatorio, de amenaza y amedrentamiento, de autos no consta que aquel se encuentre relacionado con la eventual vulneración del derecho a la integridad personal o a otro derecho constitucional conexo a la libertad personal.
7. Sobre el particular, cabe señalar que, si bien los derechos al debido proceso, a la tutela procesal efectiva y de defensa, entre otros derechos constitucionales conexos, pueden ser materia de tutela vía el habeas corpus, para que ello ocurra el agravio al derecho conexo debe ser manifiesto y necesariamente derivar en un agravio concreto del derecho a la libertad personal, lo cual no acontece en el caso de autos.
8. Por consiguiente, la demanda debe ser declarada improcedente en aplicación de la causal de improcedencia contenida en el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código procesal Constitucional, máxime si en cuanto al demandante Laura Mamani existe litispendencia respecto de la actuación del fiscal emplazado relacionada con el proceso de habeas corpus tramitado ante el Tribunal Constitucional en el Expediente 03010-2022-PHC/TC.
Texto de la sentencia
tomado del PDF oficialNo se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.
