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Tribunal ConstitucionalSentencia 51/2025 · Exp. 00096-2023-HC
Pleno · Improcedente · 2024-10-21
Fundamentos jurídicos relevantes
9. Estos cuestionamientos no revisten una suficiente relevancia constitucional que permita a este Colegiado emitir una sentencia de fondo respecto a la prueba con relación a dichas alegaciones; y esa es la razón concreta por la que se declara improcedente la pretensión del recurrente.
10. En consecuencia, teniendo presente que los argumentos de la recurrente no están referidos al contenido constitucionalmente protegido del derecho tutelado por el habeas corpus, la demanda debe declararse improcedente, de conformidad con el artículo 7, inciso 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
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Texto de la sentencia
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Datos de la sentencia
Expediente: 00096-2023-HC
Número de sentencia: 51/2025
Colegiado: Pleno
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2024-10-21
Fecha de publicación: 2025-02-21
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Sala Penal de Apelaciones con funciones de Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Sullana y otra
Palabras clave
Hábeas corpuscontenido constitucionalmente protegido del derechocompetencia de la justicia ordinariaderecho a la prueba
Tesauro
Acción de Habeas CorpusDerecho a la prueba
Sentencia en PDF
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Citar como
Tribunal Constitucional del Perú, Pleno, Sentencia 51/2025, Exp. 00096-2023-HC, 2024-10-21. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.
