Sentencia 909/2024 · Exp. 00336-2023-HC
Sala 1 · Infundada · 2024-09-06
Fundamentos jurídicos relevantes
6. Sin embargo, la revocatoria de la suspensión de la pena se dio dentro del periodo de la suspensión de la pena (la resolución revocatoria del Primer Juzgado Penal - Reos Libres de Lima se emitió el 1 de setiembre de 201715) y si bien su decisión fue impugnada vía el recurso de apelación a efectos de su revisión por parte de la Sala Superior emplazada, ello no implica que la fecha de la revocatoria se sustituya por la fecha en la que la decisión apelada adquirió firmeza, como equivocadamente entiende el demandante. Por consiguiente, el cuestionamiento de la demanda, relacionado con la supuesta vulneración del derecho al debido proceso con ocasión de la emisión de la Resolución 1040, de fecha 17 de diciembre de 2018, expedida por la Primera Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima, debe ser declarado infundado. [...]
8. Por lo expuesto, este Tribunal declara que la demanda debe ser desestimada al no haberse acreditado la vulneración del derecho al debido proceso, en conexidad con el derecho a la libertad personal de los favorecidos, con la emisión de la resolución ahora impugnada.
Texto de la sentencia
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