Sentencia 223/2023 · Exp. 00369-2023-AA
Sala 1 · Improcedente · 2023-05-12
Fundamentos jurídicos relevantes
4. En este caso, desde una perspectiva objetiva, tenemos que el proceso contencioso-administrativo cuenta con una estructura idónea para acoger la pretensión de la parte demandante y darle tutela adecuada, pues lo que se cuestiona son presuntas irregularidades ocurridas en el proceso de ascenso cuestionado y el posterior pase a la situación de retiro por renovación de cuadros del actor. En otras palabras, el proceso contencioso-administrativo se constituye en una vía adecuada respecto del amparo, donde puede resolverse el caso iusfundamental propuesto por el actor.
5. Por otro lado, atendiendo a una perspectiva subjetiva, en el caso de autos no se ha acreditado un riesgo de irreparabilidad del derecho invocado en caso de que se transite por la vía ordinaria. De igual manera, tampoco se verifica la necesidad de tutela urgente derivada de la relevancia del derecho en cuestión o de la gravedad del daño que podría ocurrir, en la medida en que los procesos contenciosos-administrativos cuentan con plazos céleres y adecuados al derecho que se pretende resguardar y, además, dejan abierta la posibilidad de hacer uso de las medidas cautelares pertinentes a fin de garantizar la eficacia de la ejecución de la sentencia.
6. Por lo expuesto, en el caso concreto existe una vía igualmente satisfactoria que es el proceso contencioso-administrativo. Por tanto, corresponde la aplicación de la causal de improcedencia establecida en el artículo 7.2 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Texto de la sentencia
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