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Tribunal Constitucional

Sentencia 126/2022 · Exp. 00505-2022-HD

Sala 1 · Infundada · 2022-07-08

Fundamentos jurídicos relevantes

11. En tal sentido, los pedidos de acceso a la información pública no deberían contener solicitudes orientadas a la creación o producción de información con la que no cuenten las entidades obligadas por la LTPA. A ello es importante agregar que aquellos pedidos excesivamente genéricos también pueden ser rechazados por parte de la Administración, ya que no se identifica con prolijidad la información que debe ser otorgada, lo cual es una obligación que debe asumir el solicitante.

12. Esta Sala del Tribunal advierte que el pedido del recurrente plantea a la Administración la tarea de elaborar información, toda vez que solicita un resumen de la trayectoria académica de dos trabajadores de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra. Se trata, en consecuencia, de un pedido que exige de la Administración la producción de información, por lo que su no entrega no supone una vulneración del derecho de acceso a la información pública del demandante. [...]

14. La excesiva utilización de demandas de habeas data, para esta Sala, evidencia claramente un propósito muy específico, este es, conseguir el pago de los costos procesales. Pero, además, tal comportamiento genera sobrecarga procesal y, por consiguiente, constituye un obstáculo en la tutela de los derechos fundamentales de muchas personas que ven postergadas las respuestas a sus casos debido a que la justicia constitucional debe resolver las demandas planteadas por el actor en el ejercicio abusivo de su derecho, generando también un perjuicio en los gastos públicos del Estado. [...]

18. Por último, debe tenerse en cuenta que don [nombre omitido] y don [nombre omitido] han sido multados en otros procesos de habeas data resueltos por el Tribunal Constitucional, manteniendo en esta causa una similar conducta a la desplegada en aquellas ocasiones; no obstante, y atendiendo al principio de proporcionalidad, por esta vez se le aplicará una multa equivalente a 10 URP.

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 00505-2022-HD
Número de sentencia: 126/2022
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2022-07-08
Fecha de publicación: 2022-11-10
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Municipalidad Distrital de Puente Piedra
Palabras clave
Derecho de acceso a la información públicaproducción de la informacióncobro de costos del procesoabuso de derechoimposición de multa
Tesauro
Acceso a la información pública

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 126/2022, Exp. 00505-2022-HD, 2022-07-08. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.