Sentencia 1359/2023 · Exp. 00627-2023-AA
Sala 2 · Infundada · 2023-12-19
Fundamentos jurídicos relevantes
6. Por otro lado, si bien es cierto que la demandante ha señalado, además, que el inciso 3 del artículo 229 del referido código establece que se prohíbe que declare como testigo al pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o tercero de afinidad, el cónyuge o concubino, salvo en asuntos de derecho de familia o que lo proponga la parte contraria, lo cual no era el caso en referencia, también lo es que esta dejó consentir la Resolución 19, que dispuso admitir como medio probatorio de oficio la testimonial de Henry Gerald Gozzer Jara, hermano del entonces demandante.
7. En tal sentido, no procede cuestionamiento alguno en contra de la cuestionada Resolución 22 (sentencia de vista), de fecha 23 de noviembre de 2020, que declaró fundada la demanda sobre obligación de dar suma de dinero sustentándose en la testimonial de don [nombre omitido]
8. En consecuencia, al no advertirse la vulneración del alegado derecho fundamental al debido proceso, corresponde desestimar la presente demanda.
Texto de la sentencia
tomado del PDF oficialNo se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.
