Sentencia 833/2024 · Exp. 00711-2023-AA
Sala 1 · Improcedente · 2024-09-05
Fundamentos jurídicos relevantes
5. De lo expuesto, se aprecia que el proceso civil de impugnación de acuerdos de una asociación cuenta con una estructura idónea para la revisión de la sanción impuesta a la recurrente, pues se constituye en una vía célere y eficaz respecto del amparo, donde puede evaluarse las presuntas afectaciones de sus derechos fundamentales, más aún cuando, durante el trámite del presente proceso, el demandante no ha acreditado la existencia de un riesgo de irreparabilidad de los derechos invocados en caso de que se transite por la vía del proceso civil. O que exista alguna circunstancia que evidencie la necesidad de brindar tutela urgente a los derechos invocados. En tal sentido, el cuestionamiento de la sanción impuesta cuenta con una vía igualmente satisfactoria, por lo que dicho extremo de la pretensión resulta improcedente, en aplicación del artículo 7. 2 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Texto de la sentencia
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