Sentencia 710/2023 · Exp. 00805-2023-AA
Sala 1 · Infundada · 2023-10-27
Fundamentos jurídicos relevantes
8. En tal sentido, de la indicada resolución se advierte que el actor viene percibiendo renta vitalicia por accidente de trabajo conforme al régimen del Decreto Ley 18846 y el Decreto Supremo 002-72-TR, régimen que regula las prestaciones económicas del Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (Satep), lo que contraviene lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto de Urgencia 034-98 y el inciso a) del artículo 6 del Decreto Supremo 082-98-EF.
9. Por consiguiente, el demandante no cumple con el requisito para el otorgamiento de la bonificación del Fonahpu, al haberse verificado que percibe renta vitalicia acorde con lo dispuesto por el Decreto Ley 18846, prestación que se financia con fuentes distintas e independientes y está prevista para cubrir riesgos y contingencias diferentes al riesgo de jubilación cubierto por el Sistema Nacional de Pensiones.
10. Siendo así, no se ha vulnerado el derecho a la seguridad social del accionante por lo que la presente demanda debe ser desestimada.
Texto de la sentencia
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