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Tribunal Constitucional

Sentencia 448/2023 · Exp. 00869-2022-AA

Pleno · Infundada · 2023-11-28

Fundamentos jurídicos relevantes

8. De todo ello, el Tribunal advierte que, si bien es cierto que la presente demanda se encuentra dirigida a cuestionar que en la sentencia de vista se haya merituado el certificado de posesión otorgado por el presidente de la Comunidad de San Juan de Churín, documento que no había sido admitido como prueba en primera instancia, también lo es que la cuestionada resolución casatoria no solo le dio al demandante dicha respuesta, sino que también le recordó que, dado que las tierras de la comunidad campesina son inembargables, imprescriptibles e inalienables, no correspondía que en el proceso sobre desalojo por ocupación precaria se determine la validez de la referida compraventa.

9. En tal sentido, aun cuando lo que pretende el demandante es cuestionar que se haya otorgado valor probatorio a un certificado de posesión, puesto que este le resulta adverso, sin embargo, se determinó que el único documento que acreditaría su titularidad sobre el referido bien inmueble resultaba cuestionable.

10. En consecuencia, el Tribunal concluye que las cuestionadas resoluciones expresan suficientemente las razones de su decisión, por lo que corresponde desestimar la presente demanda, al no advertirse que se hubiese vulnerado derecho fundamental alguno.

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Datos de la sentencia

Expediente: 00869-2022-AA
Número de sentencia: 448/2023
Colegiado: Pleno
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2023-11-28
Fecha de publicación: 2023-12-19
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Huaura y otro
Palabras clave
Derecho a la debida motivaciónresolución judicial
Tesauro
Derecho a la motivaciónMotivación escrita

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Pleno, Sentencia 448/2023, Exp. 00869-2022-AA, 2023-11-28. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.