Inicio › Jurisprudencia › Sentencia 125/2024 · Exp. 00937-2023-HC
Tribunal Constitucional

Sentencia 125/2024 · Exp. 00937-2023-HC

Sala 1 · Infundada · 2024-02-16

Fundamentos jurídicos relevantes

7. Este Tribunal advierte que, en el caso de autos, no se ha vulnerado el principio de legalidad penal. En efecto, a la fecha (6 de agosto de 2015) de ocurridos los hechos materia de condena del recurrente, estaba vigente el artículo 195 del Código Penal, modificado por el artículo 1 de la Ley 30076, publicado el 19 de agosto de 2013 [...].

10. Por consiguiente, al recurrente se le impuso la pena que corresponde al extremo mínimo previsto en el artículo 195 del Código Penal, modificado por el artículo 1 de la Ley 30076, para el delito de recepción agravada vigente a la fecha de ocurridos los hechos (6 de agosto de 2015), y no como equivocadamente sostiene de que se le aplicó la modificación prevista en el Decreto Legislativo 1215, publicado el 24 de setiembre de 2015, que también contemplaba la misma pena para el delito de recepción agravada.

Selección del propio Tribunal Constitucional en su buscador de jurisprudencia.

Texto de la sentencia

tomado del PDF oficial

No se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.

Lectura automática del PDF: puede tener errores de formato y los nombres de personas se ocultan de forma aproximada. El documento válido es el oficial.

Datos de la sentencia

Expediente: 00937-2023-HC
Número de sentencia: 125/2024
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima Norte
Fecha de emisión: 2024-02-16
Fecha de publicación: 2024-03-25
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Tercera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte
Palabras clave
principio de legalidad penal
Tesauro
Principio de legalidad

Sentencia en PDF

Las sentencias no tienen protección de derecho de autor si se cita la fuente (DL 822, art. 9). Datos copiados del buscador público del Tribunal Constitucional.

Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 125/2024, Exp. 00937-2023-HC, 2024-02-16. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.