Inicio › Jurisprudencia › Sentencia 606/2023 · Exp. 01105-2023-AA
Tribunal Constitucional

Sentencia 606/2023 · Exp. 01105-2023-AA

Sala 2 · Infundada · 2023-07-05

Fundamentos jurídicos relevantes

3. De lo anterior se advierte que, al momento de otorgarse la pensión de jubilación al recurrente, la ONP aplicó el beneficio de la Ley N° 23908, la cual únicamente estuvo vigente hasta el 19 de diciembre de 1992. [...]

5. Con la documentación obrante de fojas 224 a 232 de autos se constata que, si bien el demandante ha laborado durante 36 años y 9 meses, es decir, más de los 25 años exigidos por la norma, los servicios que ha prestado han sido para cinco empleadores distintos, con lo cual no cumple uno de los requisitos para percibir la bonificación establecida en la decimocuarta disposición transitoria del Decreto Ley N° 19990.

Selección del propio Tribunal Constitucional en su buscador de jurisprudencia.

Texto de la sentencia

tomado del PDF oficial

No se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.

Lectura automática del PDF: puede tener errores de formato y los nombres de personas se ocultan de forma aproximada. El documento válido es el oficial.

Datos de la sentencia

Expediente: 01105-2023-AA
Número de sentencia: 606/2023
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2023-07-05
Fecha de publicación: 2023-07-27
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Oficina de Normalización Previsional (ONP)
Palabras clave
Derecho a la pensiónrecálculo de pensiónbeneficio de la Ley Nº 23908bonificación establecida en la decimocuarta disposición transitoria del Decreto Ley Nº 19990
Tesauro
Pensión de jubilación

Sentencia en PDF

Las sentencias no tienen protección de derecho de autor si se cita la fuente (DL 822, art. 9). Datos copiados del buscador público del Tribunal Constitucional.

Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 606/2023, Exp. 01105-2023-AA, 2023-07-05. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.