Inicio › Jurisprudencia › Sentencia 1206/2024 · Exp. 01192-2023-HC
Tribunal Constitucional

Sentencia 1206/2024 · Exp. 01192-2023-HC

Sala 2 · Infundada · 2024-09-16

Fundamentos jurídicos relevantes

7. Este Tribunal advierte que el extremo de la demanda que alega la presunta afectación del derecho a la libertad personal con el sustento de que la revocatoria del mandato de comparecencia restringida por la prisión preventiva carece de motivación y que se sustentaría en la mera afirmación del secretario de la sala superior penal, ya que en realidad no se le habría notificado para la concurrencia a la continuación de la audiencia del 10 de diciembre de 2021, con lo que se habría quebrado el juicio oral. Alega que siempre ha colaborado con el esclarecimiento de los hechos, por lo que carece de sustento la citada revocatoria del mandato de comparecencia restringida. [...]

13. Por lo expuesto, este Tribunal declara que la demanda debe ser desestimada, al no haberse acreditado la vulneración de los derechos alegados, en conexidad con el derecho a la libertad personal del favorecido, pues las resoluciones cuestionadas están debidamente motivadas.

Selección del propio Tribunal Constitucional en su buscador de jurisprudencia.

Texto de la sentencia

tomado del PDF oficial

No se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.

Lectura automática del PDF: puede tener errores de formato y los nombres de personas se ocultan de forma aproximada. El documento válido es el oficial.

Datos de la sentencia

Expediente: 01192-2023-HC
Número de sentencia: 1206/2024
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2024-09-16
Fecha de publicación: 2024-10-04
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República y otro
Palabras clave
Derecho a la libertad personalimprobanza de la pretensióndebida motivación
Tesauro
Derecho a la libertadDerecho a la motivación

Sentencia en PDF

Las sentencias no tienen protección de derecho de autor si se cita la fuente (DL 822, art. 9). Datos copiados del buscador público del Tribunal Constitucional.

Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 1206/2024, Exp. 01192-2023-HC, 2024-09-16. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.