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Tribunal Constitucional

Sentencia 776/2023 · Exp. 01309-2022-AA

Sala 2 · Improcedente · 2023-07-19

Fundamentos jurídicos relevantes

4. El demandante solicita que se recalcule la renta vitalicia que se le otorgó por mandato judicial, tomando en cuenta las remuneraciones actualizadas que percibió en los meses anteriores al cese laboral, pues sostiene que la ONP no ha cumplido con realizar el cálculo de la referida renta en aplicación de la Ley 26790 y su reglamento, conforme ha sido ordenado en la sentencia. De lo anotado se colige que lo pretendido por el demandante es que se determine si en etapa de ejecución de sentencia se desvirtuó lo decidido a su favor en el primer proceso de amparo; sin embargo, esto no es posible, toda vez que, en el primer proceso, y no en uno nuevo, se debe exigir el cumplimiento de la sentencia en sus propios términos, haciendo uso de los recursos pertinentes.

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Datos de la sentencia

Expediente: 01309-2022-AA
Número de sentencia: 776/2023
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de Santa
Fecha de emisión: 2023-07-19
Fecha de publicación: 2023-08-31
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Oficina de Normalización Previsional (ONP)
Palabras clave
Proceso de Amparocumplimiento de sentenciacálculo de renta vitalicia
Tesauro
Acción de Amparo

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 776/2023, Exp. 01309-2022-AA, 2023-07-19. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.