Sentencia 436/2022 · Exp. 01608-2022-HC
Sala 2 · Infundada · 2022-12-05
Fundamentos jurídicos relevantes
10. Se deduce entonces que el camino al cual se hace referencia para llegar a su terreno agrícola permite el ingreso de vehículos livianos y peatones. En todo caso, el hecho relativo a si don [nombre omitido] se encuentra invadiendo terrenos que corresponden al PECH es una cuestión que no cabe dilucidar por esta judicatura, máxime si la parte demandante ha manifestado que existe un proceso por usurpación agravada seguido en el Caso 1721-2021. A todo ello se suma el hecho de que el referido demandado ha afirmado que la edificación a la cual se hace referencia constituye su vivienda. En consecuencia, corresponde declarar infundados los extremos demandados.
Texto de la sentencia
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