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Tribunal Constitucional

Sentencia 1247/2024 · Exp. 01617-2024-AA

Sala 1 · Infundada · 2024-12-02

Fundamentos jurídicos relevantes

16. En consecuencia, al advertirse que la parte demandante no ha acompañado documentación alguna que sustente el cumplimiento de los requisitos en los términos establecidos en el Decreto Supremo 009-DECCFA, Reglamento del Decreto Ley 19846, y en la sentencia emitida en el Expediente 07171-2006-PA/TC, para que el asociado Mateo Gómez Caparo acceda a la pensión de invalidez prevista en el artículo 11 del Decreto Ley 19846, así como a los demás beneficios solicitados, la presente demanda debe ser desestimada.

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Datos de la sentencia

Expediente: 01617-2024-AA
Número de sentencia: 1247/2024
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial del Callao
Fecha de emisión: 2024-12-02
Fecha de publicación: 2024-12-20
Demandante: Asociación de Inválidos, Discapacitados, Viudas y Derechohabientes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, en representación de su asociado Mateo Gómez Caparo
Demandado: [nombre omitido]
Palabras clave
Derecho a la pensiónpensión de invalidez
Tesauro
Pensión de jubilaciónPensión de invalidez

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 1247/2024, Exp. 01617-2024-AA, 2024-12-02. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.