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Tribunal ConstitucionalSentencia 31/2025 · Exp. 01739-2023-AA
Sala 1 · Infundada · 2025-01-27
Fundamentos jurídicos relevantes
8. En opinión de esta Sala del Tribunal Constitucional, las resoluciones cuestionadas no vulneran los derechos alegados por el demandante, pues la Segunda Fiscalía Superior Penal del Distrito Fiscal de Tacna ha expuesto adecuadamente las razones de su decisión, al señalar, no solo, que los cuestionamientos realizados por el recurrente, en su recurso de elevación de actuados, únicamente reiteran los hechos mencionados en su denuncia; sino que, además, no se evidenciaban los elementos objetivos del tipo penal de cobro indebido, por lo que corresponde desestimar la presente demanda.
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Texto de la sentencia
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Datos de la sentencia
Expediente: 01739-2023-AA
Número de sentencia: 31/2025
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Tacna
Fecha de emisión: 2025-01-27
Fecha de publicación: 2025-02-28
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Segunda Fiscalía Superior Penal del Distrito Fiscal de Tacna y otra
Palabras clave
Ministerio Públicoderecho a la tutela judicial efectivaderecho al debido proceso
Tesauro
Ministerio PúblicoConducir la investigación del delitoEjercitar la acción penal de oficio o a petición de parteDerecho a la tutela jurisdiccional efectiva Derecho al debido proceso
Sentencia en PDF
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Citar como
Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 31/2025, Exp. 01739-2023-AA, 2025-01-27. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.
