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Tribunal ConstitucionalSentencia 2/2025 · Exp. 01977-2023-AA
Sala 1 · Infundada · 2025-01-07
Fundamentos jurídicos relevantes
12. Siendo así, no se puede concluir que las sentencias de mérito cuestionadas en el presente amparo “contradigan” lo resuelto en el otro proceso invocado como término de comparación, toda vez que el sentido diverso de los fallos objetados se encuentra justificado en el distinto criterio jurisdiccional de los jueces demandados, divergencia que se encuentra protegida por los alcances del principio constitucional de autonomía judicial.
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Texto de la sentencia
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Datos de la sentencia
Expediente: 01977-2023-AA
Número de sentencia: 2/2025
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Arequipa
Fecha de emisión: 2025-01-07
Fecha de publicación: 2025-02-04
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Sexto Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa y otros
Palabras clave
Proceso de Amparoderecho a la igualdad ante la ley
Tesauro
Derecho a la igualdad ante la leyAcción de Amparo
Sentencia en PDF
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Citar como
Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 2/2025, Exp. 01977-2023-AA, 2025-01-07. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.
