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Tribunal Constitucional

Sentencia 449/2022 · Exp. 01979-2022-HD

Sala 2 · Infundada · 2022-12-05

Fundamentos jurídicos relevantes

12. Por consiguiente, este Tribunal juzga que se dio respuesta al pedido del sindicato actor, al indicarse la imposibilidad de otorgar la documentación mencionada porque el servicio de legalización brindado se efectuó sin costo; por ende, no hubo cobro por dicho servicio, por lo que el comprobante de pago de ella no existe. En ese sentido, se concluye que no se ha producido la afectación invocada, toda vez que resulta imposible entregar dicha información al no haberse producido o generado el aludido comprobante en la notaría del demandado. Este Tribunal hace notar que, para disponer la entrega de información, es necesario que esta exista, lo cual no se ha acreditado en autos. Por esta razón, corresponde desestimar la demanda en el extremo impugnado.

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Datos de la sentencia

Expediente: 01979-2022-HD
Número de sentencia: 449/2022
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Piura
Fecha de emisión: 2022-12-05
Fecha de publicación: 2022-12-22
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: [nombre omitido]
Palabras clave
Derecho de acceso a la información públicapedido de información inexistente
Tesauro
Acceso a la información pública

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 449/2022, Exp. 01979-2022-HD, 2022-12-05. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.