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Tribunal Constitucional

Sentencia 310/2025 · Exp. 02081-2023-HC

Sala 1 · Improcedente · 2025-03-10

Fundamentos jurídicos relevantes

9. En tal sentido, respecto del extremo de la demanda que solicita que vía el habeas corpus se disponga la inmediata excarcelación del interno demandante por cumplimiento de condena con redención de la pena por el trabajo, bajo los alcances del sistema de cómputo de redención (1 x 1) que establece el D.Leg. 1513, corresponde que sea declarada improcedente, toda vez que el cumplimiento de condena con redención de la pena implica una excarcelación anticipada a la judicialmente impuesta bajo un procedimiento administrativo penitenciario de carácter documental valorativo cuya resolución no concierne a la judicatura constitucional.

10. Por consiguiente, el extremo de la demanda que solicita que vía el habeas corpus se disponga la inmediata excarcelación del interno demandante, traído ante esta sede constitucional vía el recurso de agravio constitucional, debe ser declarado improcedente en aplicación de la causal de improcedencia prevista en el artículo 7, inciso 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional.

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Datos de la sentencia

Expediente: 02081-2023-HC
Número de sentencia: 310/2025
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de Puno
Fecha de emisión: 2025-03-10
Fecha de publicación: 2025-03-31
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Consejo Técnico Penitenciario del Establecimiento Penitenciario de Juliaca
Palabras clave
Excarcelación anticipadaDerecho a la libertad personalbeneficio penitenciarioRecluso penitenciario
Tesauro
Derecho a la libertadAcción de Habeas Corpus

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 310/2025, Exp. 02081-2023-HC, 2025-03-10. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.