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Tribunal Constitucional

Sentencia 617/2025 · Exp. 02102-2023-HC

Sala 1 · Improcedente / Infundada · 2025-04-15

Fundamentos jurídicos relevantes

14. Así las cosas, este Tribunal Constitucional advierte que en el presente caso no se ha realizado una indebida motivación, en tanto la condena se encuentra sustentada en un supuesto de porte ilegal de armas y municiones en el que la responsabilidad del recurrente se deriva de una valoración conjunta de los medios probatorios, las cuales dirigen a la existencia de indicios que enervan la presunción de inocencia del recurrente.

15. Respecto del derecho a la defensa, se advierte que el recurrente no ha argumentado la forma del agravio, en tanto los demás argumentos se desvirtúan de la evaluación de lo argumentado por los jueces de la vía ordinaria, deviniendo en improcedente dicho extremo.

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 02102-2023-HC
Número de sentencia: 617/2025
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Improcedente / Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2025-04-15
Fecha de publicación: 2025-04-30
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Trigésimo Sétimo Juzgado Especializado en lo Penal de Lima y otra
Palabras clave
derecho a la motivaciónHábeas corpuscontenido constitucionalmente protegidocompetencia de la justicia ordinariapresunción de inocencia
Tesauro
Derecho a la motivaciónAcción de Habeas CorpusPresunción de inocencia

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 617/2025, Exp. 02102-2023-HC, 2025-04-15. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.