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Tribunal Constitucional

Sentencia 72/2024 · Exp. 02152-2022-AA

Pleno · Infundada · 2024-02-27

Fundamentos jurídicos relevantes

9. De todo lo expresado, este Tribunal advierte que la cuestionada resolución suprema no solo ha explicado las razones por las cuales se considera que la prestación de servicios de capacidad satelital está gravada con impuesto a la renta, sino que ha precisado la razón por la cual ha valorado los informes y contratos suscritos (fundamento 6 supra), al establecer que era con el fin de resolver la validez de las resoluciones de multa impuestas por la Sunat. Así, resulta claro que para resolver si con dichas multas se había incurrido en una infracción normativa, se debía observar lo acaecido en el caso concreto y, a partir de ello, determinar si es que los hechos se subsumían dentro del supuesto que señala el tipo legal. [...]

11. Siendo ello así, el mero hecho de que la accionante disienta de la fundamentación que sirve de respaldo a la resolución cuestionada no significa que no exista justificación, pues resulta evidente que los argumentos en que se apoya la resolución suprema resultan suficientes para respaldar lo decidido.

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Datos de la sentencia

Expediente: 02152-2022-AA
Número de sentencia: 72/2024
Colegiado: Pleno
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2024-02-27
Fecha de publicación: 2024-03-27
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República
Palabras clave
Amparo contra resoluciones judicialesdebida motivación
Tesauro
Acción de AmparoDerecho a la motivaciónMotivación escrita

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Pleno, Sentencia 72/2024, Exp. 02152-2022-AA, 2024-02-27. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.