Sentencia 86/2024 · Exp. 02201-2022-HC
Pleno · Infundada · 2024-02-27
Fundamentos jurídicos relevantes
7. En el presente caso, se advierte que la resolución suprema de fecha 17 de marzo de 2016 (fojas 35), al haber revocado el quantum de la pena inicial impuesta al favorecido en la sentencia de primer grado, y aumentar la pena a dieciséis años de pena privativa de la libertad de carácter efectiva, no transgrede lo establecido por la norma procesal mencionada; y esto es así porque el representante del Ministerio Público interpuso recurso de nulidad, según consta en la propia resolución suprema. Además, la resolución expuso, motivadamente, que procedía la reducción de un sexto de la pena porque el favorecido se acogió a la conclusión anticipada, mas no la reducción del tercio por cuanto no existió confesión sincera.
Texto de la sentencia
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