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Tribunal Constitucional

Sentencia 825/2025 · Exp. 02208-2022-AA

Sala 1 · Infundada · 2025-06-23

Fundamentos jurídicos relevantes

8. En consecuencia, tal como se ha detallado supra la resolución cuestionada cumple con la debida motivación, toda vez que contiene amplia y suficientemente las razones que sustentaron la improcedencia del recurso de casación interpuesto en sede del proceso ordinario subyacente. Por ello, corresponde desestimar la demanda de autos.

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Datos de la sentencia

Expediente: 02208-2022-AA
Número de sentencia: 825/2025
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2025-06-23
Fecha de publicación: 2025-06-30
Demandante: Banco Central de Reserva del Perú (BCRP)
Demandado: Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República y otros
Palabras clave
derecho al debido procesoderecho a la motivación
Tesauro
Derecho a la tutela jurisdiccional efectiva Derecho a la motivación

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 825/2025, Exp. 02208-2022-AA, 2025-06-23. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.