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Tribunal Constitucional

Sentencia 1259/2023 · Exp. 02211-2022-HC

Sala 2 · Improcedente · 2023-11-09

Fundamentos jurídicos relevantes

9. En el presente caso, si bien se invoca la debida motivación, la argumentación que la parte recurrente presenta en su demanda y su recurso de agravio constitucional no reviste una suficiente relevancia constitucional que permita a este colegiado emitir una sentencia de fondo con relación a la actividad probatoria llevada a cabo en el proceso penal. En efecto, básicamente se pretende cuestionar la declaración de la menor agraviada, así como la evaluación del examen de medicina forense. En tal sentido, no se advierte un cuestionamiento de relevancia constitucional referido a la actividad probatoria desplegada en el proceso penal.

10. Por consiguiente, dado que la reclamación del recurrente no está referida al contenido constitucionalmente protegido del derecho tutelado por el habeas corpus, resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1), del Nuevo Código Procesal Constitucional.

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 02211-2022-HC
Número de sentencia: 1259/2023
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de Cusco
Fecha de emisión: 2023-11-09
Fecha de publicación: 2023-12-14
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial “A” de la Corte Superior de Justicia del Cusco y otros
Palabras clave
Hábeas corpuscontenido constitucional protegido del derechoDerecho a la debida motivación
Tesauro
Acción de Habeas CorpusDerecho a la motivaciónMotivación escrita

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 1259/2023, Exp. 02211-2022-HC, 2023-11-09. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.