Sentencia 712/2023 · Exp. 02343-2022-HC
Sala 2 · Improcedente · 2023-05-05
Fundamentos jurídicos relevantes
5. Entonces, de autos se advierte que la pena privativa de la libertad personal que se impuso a doña [nombre omitido], a la fecha, ha vencido, por lo que la Resolución de Consejo Técnico Penitenciario 008-2022-INPE/ORAP-EP-JLC-C.T.P., de fecha 17 de marzo de 2022, ha cesado en relación con sus efectos restrictivos del derecho a la libertad personal materia de tutela del habeas corpus. Siendo ello así, este Tribunal Constitucional juzga que la reposición del derecho a la libertad personal resulta inviable y que no existe necesidad de la emisión de un pronunciamiento de fondo al haberse sustraído los hechos que en su momento sustentaron la postulación de la demanda (24 de marzo de 2021).
6. Por consiguiente, la demanda debe ser declarada improcedente en aplicación a contrario sensu del artículo 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Texto de la sentencia
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