Inicio › Jurisprudencia › Sentencia 353/2023 · Exp. 02626-2022-HC
Tribunal Constitucional

Sentencia 353/2023 · Exp. 02626-2022-HC

Pleno · Improcedente · 2023-08-23

Fundamentos jurídicos relevantes

6. En síntesis, se cuestionan elementos tales como la valoración de pruebas y su suficiencia, así como el criterio de los juzgadores aplicado al caso concreto. No obstante, dichos cuestionamientos resultan manifiestamente incompatibles con la naturaleza del proceso constitucional de habeas corpus, pues recaen sobre asuntos que corresponde dilucidar a la justicia ordinaria, tal y como ha sido realizado a través de las resoluciones cuestionadas.

7. Por consiguiente, dado que la reclamación del recurrente en este extremo no está referida al contenido constitucionalmente protegido del derecho tutelado por el habeas corpus, resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional.

Selección del propio Tribunal Constitucional en su buscador de jurisprudencia.

Texto de la sentencia

tomado del PDF oficial

No se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.

Lectura automática del PDF: puede tener errores de formato y los nombres de personas se ocultan de forma aproximada. El documento válido es el oficial.

Datos de la sentencia

Expediente: 02626-2022-HC
Número de sentencia: 353/2023
Colegiado: Pleno
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de Junín
Fecha de emisión: 2023-08-23
Fecha de publicación: 2023-09-29
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Cuarta Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y otro
Palabras clave
Hábeas corpuscontenido constitucional protegido del derechocompetencia de la justicia ordinaria
Tesauro
Acción de Habeas Corpus

Sentencia en PDF

Las sentencias no tienen protección de derecho de autor si se cita la fuente (DL 822, art. 9). Datos copiados del buscador público del Tribunal Constitucional.

Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Pleno, Sentencia 353/2023, Exp. 02626-2022-HC, 2023-08-23. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.