Sentencia 1632/2024 · Exp. 02778-2023-AA
Sala 2 · Improcedente · 2024-10-16
Fundamentos jurídicos relevantes
9. Al respecto, y de la evaluación de los actuados, este Tribunal Constitucional dispuso, mediante decreto de fecha 28 de noviembre de 2023, que el demandante se someta a una nueva evaluación médica ante el Instituto Nacional de Rehabilitación para corroborar la enfermedad diagnosticada y el grado de incapacidad que presenta. Esto último se dispuso debido a que la emplazada adjuntó al proceso, entre otros documentos, la Disposición de Formalización de Denuncia de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Miraflores de fecha 31 de mayo de 2017, que comprende como denunciados a los tres integrantes de la comisión médica del comité de invalidez del Hospital Carlos Lanfranco La Hoz que expidió el certificado presentado por el demandante, por haberse formulado contra ellos denuncia penal por el delito contra la fe pública expedición de certificado médico falsificado, en agravio de la aseguradora demandada, lo cual no genera certeza sobre la veracidad del contenido del certificado médico. [...]
11. Por tanto, atendiendo a que el recurrente no ha cumplido con lo ordenado por este Tribunal respecto a someterse voluntariamente a una nueva evaluación médica, corresponde declarar improcedente la demanda, en aplicación de la Regla Sustancial 4 establecida en el Expediente 05134- 2022-PA/TC, que constituye precedente de observancia obligatoria, en virtud de lo cual se deja a salvo su derecho para que haga valer su pretensión en la vía ordinaria.
Texto de la sentencia
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