Sentencia 680/2025 · Exp. 03072-2023-HC
Sala 1 · Infundada · 2025-04-15
Fundamentos jurídicos relevantes
7. Conforme se aprecia de los hechos de la demanda, escritos varios del demandante y de la contestación de la demanda, a juicio de esta Sala del Tribunal lo que en realidad subyace en el presente caso es un conflicto sobre la dirección de la administración del Mercado El Inca entre dos asociaciones, la que representaría el demandante, la Asociación de Trabajadores Mayoristas y Minoristas del Mercado El Inca y la del demandado, la Asociación de Comerciantes Unificados del Mercado El Inca.
8. En el mismo sentido, conforme se advierte de la diferente documentación adjuntada en autos, entre otros, la resolución de fecha 17 de mayo de 2019, Casación 4519-2017 Lambayeque, que declaró infundado el recurso de casación interpuesto por la Asociación de Trabajadores Mayoristas y Minoristas del Mercado El Inca; el Oficio 657-2020- COFOPRI/OZLAMB, de fecha 21 de julio de 2020; el comunicado de fecha 2 de mayo de 2023; y del acta de constatación judicial de fecha 26 de mayo de 2023.
9. Por tales razones, no se encuentra acreditada la alegada afectación del derecho a la libertad de tránsito, en tal sentido, la demanda es infundada. Además, el conflicto subyacente correspondería ser conocido por la vía ordinaria y no a través de la vía constitucional.
Texto de la sentencia
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