Sentencia 424/2022 · Exp. 03224-2021-AA
Sala 1 · Improcedente · 2022-10-14
Fundamentos jurídicos relevantes
4. En el caso de autos, el demandante solicita, en concreto, que se declare la nulidad de las resoluciones administrativas mediante las cuales, en su condición de SOT3 PNP, fue sancionado con pase a retiro por la comisión de infracción muy grave contra la disciplina. Es decir, se trata de una pretensión vinculada a la impugnación de actos administrativos expedidos por una entidad pública, originados en una prestación de servicios de carácter personal y de naturaleza laboral. En ese sentido, desde una perspectiva objetiva, el proceso contencioso-administrativo a cargo de los juzgados especializados de trabajo, conforme al numeral 4 del artículo 2 de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ley 29497, cuenta con una estructura idónea para acoger la pretensión de la parte demandante y darle tutela adecuada. En otras palabras, el proceso contencioso-administrativo laboral, en el caso de autos, se constituye en una vía célere y eficaz respecto del amparo, donde puede resolverse el caso de derecho fundamental propuesto por la parte demandante, de conformidad con el precedente establecido en la Sentencia 02383-2013- PA/TC.
5. Por otro lado, atendiendo a una perspectiva subjetiva, en el caso de autos no se ha acreditado un riesgo de irreparabilidad del derecho en caso de que se transite por la vía del proceso contencioso-administrativo laboral. De igual manera, tampoco se verifica que en autos se haya acreditado de manera fehaciente la necesidad de tutela urgente derivada de la relevancia del derecho en cuestión o de la gravedad del daño que podría ocurrir.
6. Por lo expuesto, en el caso concreto existe una vía igualmente satisfactoria que es el proceso contencioso-administrativo laboral, por lo que corresponde declarar la improcedencia de la demanda.
Texto de la sentencia
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