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Tribunal Constitucional

Sentencia 556/2024 · Exp. 03262-2023-HC

Sala 2 · Infundada / improcedente · 2024-04-12

Fundamentos jurídicos relevantes

6. En síntesis, se cuestiona la correcta aplicación de acuerdos plenarios, la valoración de la prueba y el criterio de los juzgadores aplicados al caso concreto. No obstante, dichos cuestionamientos resultan manifiestamente incompatibles con la naturaleza del proceso constitucional de habeas corpus, pues recaen sobre asuntos que por principio corresponden dilucidar a la justicia ordinaria tal y como ha sido realizado a través de las resoluciones cuestionadas.

7. Por consiguiente, la reclamación de la recurrente en cuanto a este extremo, no está referida al contenido constitucionalmente protegido del derecho tutelado por el habeas corpus, por lo que resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional. [...]

14. Ahora bien, analizadas las resoluciones cuestionadas, si bien no se advierte que los jueces demandados hayan valorado la afirmación del favorecido respecto del hecho de que no es simpatizante del Club Universitario de Deportes y que más bien lo es del Club Alianza Lima; no obstante, debe considerarse primero, que dicha alegación solo se limitó a la parte del proceso interrogatorio realizado por el representante del Ministerio Público y, segundo, al no formar parte de la estrategia jurídica del favorecido y de su defensa técnica, no era posible exigirle a los demandados algún pronunciamiento expreso sobre ello. A esto se debe agregar que conforme se advierte de la fundamentación del recurso de nulidad interpuesto el 7 de diciembre de 2018 contra la sentencia condenatoria, el beneficiario no alega bajo algún aspecto el argumento que se cuestiona en la demanda del presente habeas corpus.

15. Por todo lo expuesto, no se acredita la violación del derecho a la debida motivación en cuanto a este extremo, por ende, corresponde declararlo infundado.

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 03262-2023-HC
Número de sentencia: 556/2024
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Infundada / improcedente
Distrito judicial: 20. Distrito Judicial de Lima Sur1​
Fecha de emisión: 2024-04-12
Fecha de publicación: 2024-05-31
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Sala Penal Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur y otro
Palabras clave
Hábeas corpuscompetencia de la justicia ordinariacontenido constitucional protegido del derechoDerecho a la debida motivación
Tesauro
Acción de Habeas CorpusDerecho a la motivaciónMotivación escrita

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 556/2024, Exp. 03262-2023-HC, 2024-04-12. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.