Inicio › Jurisprudencia › Sentencia 1233/2024 · Exp. 03267-2023-HD
Tribunal ConstitucionalSentencia 1233/2024 · Exp. 03267-2023-HD
Sala 2 · Infundada · 2024-09-16
Fundamentos jurídicos relevantes
7. Ahora bien, aun cuando es cierto que la parte demandada no respondió oportunamente a la demandante, este solo hecho no acredita la violación del derecho de acceso a la información pública alegada, en la medida en que la información es inexistente y la parte emplazada no se encuentra en la obligación de crear, generar o procesar información, conforme lo prescribe el tercer párrafo del artículo 13 de la Ley 27806.
Selección del propio Tribunal Constitucional en su buscador de jurisprudencia.
Texto de la sentencia
tomado del PDF oficialNo se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.
Lectura automática del PDF: puede tener errores de formato y los nombres de personas se ocultan de forma aproximada. El documento válido es el oficial.
Datos de la sentencia
Expediente: 03267-2023-HD
Número de sentencia: 1233/2024
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2024-09-16
Fecha de publicación: 2024-09-30
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Secretario general de la Corte Superior de Justicia de Lima
Palabras clave
Derecho de acceso a la información públicasolicitud de información inexistente
Tesauro
Acceso a la información públicaSolicitud de información a entidades públicas
Sentencia en PDF
Las sentencias no tienen protección de derecho de autor si se cita la fuente (DL 822, art. 9). Datos copiados del buscador público del Tribunal Constitucional.
Citar como
Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 1233/2024, Exp. 03267-2023-HD, 2024-09-16. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.
