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Tribunal Constitucional

Sentencia 737/2023 · Exp. 03742-2022-HC

Sala 2 · Infundada · 2023-08-28

Fundamentos jurídicos relevantes

5. Siendo ello así, en el presente caso, este Tribunal considera que el cumplimiento de lo resuelto en la Sentencia 104-2022, Resolución 43, de fecha 6 de mayo de 2022, respecto a la ejecución de los cinco años y cinco meses de pena privativa de la libertad impuesta al recurrente mediante la sentencia, Resolución 34, de fecha 11 de enero de 2022, no se encuentra supeditado a lo que se resuelva en el recurso de casación que formuló, como alega, más aún cuando la Sala superior demandada mediante Resolución 42, de fecha 29 de marzo de 2022, dispuso que la medida de detención domiciliaria se ejecutará hasta que se confirme, revoque o declare nula la sentencia condenatoria apelada, lo que en efecto ocurrió; consecuentemente, no se ha afectado derecho fundamental alguno.

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Datos de la sentencia

Expediente: 03742-2022-HC
Número de sentencia: 737/2023
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lambayeque
Fecha de emisión: 2023-08-28
Fecha de publicación: 2023-08-31
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque
Palabras clave
Hábeas corpuscumplimiento de sentencia condenatoria
Tesauro
Acción de Habeas Corpus

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 737/2023, Exp. 03742-2022-HC, 2023-08-28. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.