Sentencia 62/2023 · Exp. 03848-2021-AA
Pleno · Fundada · 2023-02-21
Fundamentos jurídicos relevantes
7. En sexto lugar, este Tribunal Constitucional también juzga necesario recordar que la autonomía de la libertad es la base para el ejercicio del derecho fundamental a la libre contratación; empero, no es una libertad absoluta, pues, bajo ningún punto de vista se puede justificar la vulneración de otros derechos fundamentales ya que, como cualquier otro derecho, tiene límites. En tal sentido, un pacto contractual no puede oponerse al contenido protegido de otros derechos fundamentales, como bien ha sido desarrollado en los fundamentos 4 a 7 de la sentencia expedida en el Expediente 03682-2012-PA/TC. En cualquier caso, el banco es responsable de verificar la capacidad de pago de quienes le soliciten préstamos, y debe tener en cuenta los límites legales para los descuentos que puede efectuar en la remuneración de sus trabajadores.
8. Por todo ello, la demanda resulta fundada debido a que, en la práctica, el demandante no recibe monto alguno de sus haberes, en la medida en que ha sido objeto de una retención alimentaria -en favor de sus deudores alimentarios- y de una retención comercial - en virtud de las cláusulas 16 y 23 del contrato de tarjeta de crédito celebrado entre el BN y el accionante- que pone en riesgo su subsistencia y de quienes depende de él. En tal sentido, queda claro que el BN ha vulnerado su derecho fundamental a la remuneración, así como lo regulado en el inciso 6 del artículo 648 del Código Procesal Civil.
10. El BN debe dejar de efectuar retenciones tendientes al cobro de la deuda impaga del actor, dejándose a salvo su derecho de acudir a la vía judicial para demandar el pago de la deuda.
11. Se ordena que la parte demandada asuma el pago de los costos procesales, en atención a lo dispuesto por el artículo 28 del Nuevo Código Procesal Constitucional, al haberse estimado la presente demanda.
Texto de la sentencia
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